24 jul 2024

TIPOS DE DESPIDO EN EL DERECHO LABORAL PERUANO

 Temario

  1. El Despido
  2. Despido por Causa Justa
  3. Despido Arbitrario
  4. Despido Nulo
  5. Despido Incasado
  6. Despido Fraudulento

1. El Despido

Concepto

  • Definición: Acto unilateral del empleador mediante el cual se da por terminada la relación laboral con el trabajador.

Características

  • Es un acto unilateral del empleador.
  • Es un acto constitutivo, no propositivo.
  • Es un acto recepticio, su eficacia depende de que la voluntad extintiva del empleador sea conocida por el trabajador.
  • Produce la extinción contractual, cesando los efectos del contrato a futuro.

2. Despido por Causa Justa

Causas Justas de Despido Individual

Relacionadas con la Capacidad del Trabajador

  • Detrimento de la facultad física o mental o la ineptitud sobrevenida.
  • Rendimiento deficiente.
  • Negativa injustificada para someterse a examen médico o cumplir medidas profilácticas o curativas.

Relacionadas con la Conducta del Trabajador

  • Comisión de falta grave, según las causales previstas en la ley.
  • Condena penal por delito doloso.
  • Inhabilitación del trabajador por 3 meses o más.

Faltas Graves

  1. Apropiación de bienes o uso indebido:
    • Apropiación frustrada o consumada de bienes o servicios del empleador.
    • Retención o utilización indebida de bienes en beneficio propio o de terceros.
  2. Entrega de información reservada de la empresa:
    • Uso o entrega de información reservada del empleador.
    • Sustracción o utilización no autorizada de documentos de la empresa.
    • Competencia desleal.
  3. Estado de embriaguez o drogas:
    • Concurrir al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas.
  4. Violencia e injuria:
    • Actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento de palabra contra el empleador o sus representantes.
  5. Daño intencional a bienes de la empresa:
    • Daño intencional a edificios, instalaciones, maquinaria, documentación, etc.
  6. Abandono de trabajo:
    • Abandono por días consecutivos: más de 3 días.
    • Abandono por días no consecutivos: más de 5 días en 30 días calendario o más de 15 días en 180 días calendario.

3. Despido Arbitrario

Concepto

  • Se configura por no haberse expresado causa o no poderse demostrar esta en juicio.
  • Se imputan hechos al trabajador y se sigue el debido procedimiento, pero no se verifica la existencia de una falta grave.

Indemnización por Despido Arbitrario

  • Contratación a Plazo Indeterminado: Una remuneración y media ordinaria mensual por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 remuneraciones.
  • Contratación Sujeta a Modalidad: Una remuneración y media ordinaria mensual por cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato, hasta un máximo de 12 remuneraciones.

4. Despido Nulo

Concepto

  • Se configura cuando se atenta contra determinados derechos fundamentales del trabajador.

Supuestos de Despido Nulo

  • Afiliación sindical o participación en actividades sindicales.
  • Candidatura a representante de los trabajadores o actuar en esa calidad.
  • Presentar una queja o participar en un proceso contra el empleador.
  • Discriminación por sexo, raza, opinión, idioma, discapacidad, VIH/SIDA, etc.
  • Embarazo y lactancia: Se presume nulo el despido durante el embarazo o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento, a menos que se acredite causa justa.

Consecuencias del Despido Nulo

  • Reposición en el trabajo: El trabajador será repuesto en su empleo, salvo que opte por la indemnización.
  • Multa por incumplimiento: El empleador que no cumpla con la reposición será requerido judicialmente bajo apercibimiento de multa.

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