Temario
- ¿Qué es un trabajador ordinario?
- ¿Qué es un trabajador de dirección?
- ¿Qué es un trabajador de confianza?
- ¿Cuál es la diferencia entre estos tres tipos?
1. Trabajador Ordinario
El trabajador ordinario es aquel que realiza funciones comunes y corrientes dentro de la empresa, sin tener acceso a información sensible ni ejercer funciones de dirección o confianza.
2. Personal de Dirección y de Confianza
Personal de Dirección
- Definición: Ejerce la representación general del empleador o lo sustituye. Comparte funciones de administración y control. Su actividad y grado de responsabilidad impactan directamente en el resultado de la actividad empresarial.
- Características:
- Labores de representación, administración y control.
- Sus decisiones tienen alta incidencia en la empresa.
- Puede ampliar su período de prueba a 12 meses.
- No está sujeto a la jornada de trabajo ni tiene derecho al descanso semanal obligatorio.
- No recibe indemnización vacacional si no hace uso del descanso.
Personal de Confianza
- Definición: Laboran en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección. Tienen acceso a secretos industriales, comerciales o profesionales y a información reservada. Contribuyen a la formación de decisiones empresariales.
- Características:
- Trabaja en contacto directo con el empleador y el personal de dirección.
- Puede ampliar su período de prueba a 6 meses.
- No está sujeto a la jornada de trabajo, salvo que esté bajo fiscalización.
- Tiene derecho al descanso semanal sustitutorio y al pago por descanso semanal obligatorio omitido si está sujeto a fiscalización.
- Recibe indemnización vacacional.
- Designación: El empleador debe indicar y determinar los puestos de dirección y de confianza.
- Comunicación: Debe comunicar por escrito a los trabajadores que sus puestos tienen estas características.
- Registro: Debe consignar en el libro de planillas y boletas de pago la calificación correspondiente.
- Recurso Judicial: Trabajadores indebidamente calificados pueden recurrir a la autoridad judicial dentro de 30 días naturales de la comunicación.
Consecuencias de la Calificación Indebida
- La ley no ampara el abuso de derecho o la simulación.
- Los trabajadores indebidamente calificados pueden recurrir a la autoridad judicial para que deje sin efecto tal calificación.
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