31 jul 2024

PREESCRIPCIÓN Y SU INTERRUPCIÓN DE LA PENA

Temario

  1. Noción y Sentido de la Prescripción
  2. Clases de Prescripción
    • Prescripción de la Acción Penal
    • Prescripción de la Pena
  3. Cómputo de la Prescripción
    • Cómputo en la Acción Penal
    • Cómputo en la Pena

1. Noción y Sentido de la Prescripción

La prescripción es una figura jurídica que extingue la responsabilidad penal debido al transcurso del tiempo bajo ciertas condiciones, sin que el delito sea perseguido o la pena ejecutada. Esto limita la potestad del Estado para perseguir y sancionar delitos de manera indefinida.


2. Clases de Prescripción

Prescripción de la Acción Penal

  • Ocurre cuando transcurre el plazo establecido por la ley sin que el autor o partícipe del delito haya sido condenado por una sentencia judicial firme.
  • Ejemplo: Si un delito tiene una pena máxima de 5 años de prisión y no se ha iniciado un proceso penal en ese tiempo, la acción penal prescribe.

Prescripción de la Pena

  • Ocurre cuando transcurre el plazo establecido por la ley sin que el condenado judicialmente cumpla la pena impuesta.
  • Ejemplo: Si una persona fue condenada a 3 años de prisión pero no ha cumplido la pena en el tiempo estipulado por la ley, la pena prescribe.

3. Cómputo de la Prescripción

Cómputo en la Acción Penal

  • Plazos Ordinarios (Artículo 80 del Código Penal):

    • Delitos con pena privativa de libertad:
      • El tiempo de prescripción es igual al máximo de la pena fijada para el delito.
      • Concurso Real: Se computa separadamente para cada delito.
      • Concurso Ideal: Se toma el plazo del delito más grave.
      • Máximos:
        • No puede exceder de 20 años.
        • Para cadena perpetua: 30 años.
    • Delitos con otras penas: La acción prescribe a los dos años.
    • Casos Especiales:
      • Delitos cometidos por funcionarios públicos contra el patrimonio del Estado: el plazo se duplica.
      • Delitos cometidos por menores de 21 años o mayores de 65 años: los plazos se reducen a la mitad (Artículo 81 del Código Penal).
      • Delitos imprescriptibles: Trata de personas, explotación sexual, esclavitud, violación de la libertad sexual, proxenetismo y ofensas al pudor público (Artículo 88-A del Código Penal).
  • Cómputo (Artículo 82 del Código Penal):

    • Tentativa: Desde el día en que cesó la actividad delictuosa.
    • Delito Instantáneo: Desde el día en que se consumó.
    • Delito Continuado: Desde el día en que terminó la actividad delictuosa.
    • Delito Permanente: Desde el día en que cesó la permanencia.

Cómputo en la Pena

  • Plazos Ordinarios (Artículo 86 del Código Penal):
    • El mismo plazo que para la prescripción de la acción penal, es decir, el máximo de la pena prevista para el delito.
  • Cómputo:
    • Desde el día en que la sentencia condenatoria quedó firme.

4. Referencias Bibliográficas

  1. Villavicencio Terreros, Felipe. "Derecho Penal - Parte General". Editora Jurídica GRIJLEY, Lima. 2015.
  2. Hurtado Pozo, José. "Manual de Derecho Penal - Parte General". Editora Jurídica GRIJLEY, Lima. 2010.
  3. García Cavero, Percy. "Derecho Penal Parte General". Editora Jurídica GRIJLEY, Lima. 2019.
  4. Oré Guardia, Arsenio. "Derecho Procesal Penal Peruano: Análisis y Comentarios al Código Procesal Penal". Gaceta Jurídica, 2015.

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