Temario
- Noción y Sentido de la Prescripción
- Clases de Prescripción
- Prescripción de la Acción Penal
- Prescripción de la Pena
- Cómputo de la Prescripción
- Cómputo en la Acción Penal
- Cómputo en la Pena
1. Noción y Sentido de la Prescripción
La prescripción es una figura jurídica que extingue la responsabilidad penal debido al transcurso del tiempo bajo ciertas condiciones, sin que el delito sea perseguido o la pena ejecutada. Esto limita la potestad del Estado para perseguir y sancionar delitos de manera indefinida.
2. Clases de Prescripción
Prescripción de la Acción Penal
- Ocurre cuando transcurre el plazo establecido por la ley sin que el autor o partícipe del delito haya sido condenado por una sentencia judicial firme.
- Ejemplo: Si un delito tiene una pena máxima de 5 años de prisión y no se ha iniciado un proceso penal en ese tiempo, la acción penal prescribe.
Prescripción de la Pena
- Ocurre cuando transcurre el plazo establecido por la ley sin que el condenado judicialmente cumpla la pena impuesta.
- Ejemplo: Si una persona fue condenada a 3 años de prisión pero no ha cumplido la pena en el tiempo estipulado por la ley, la pena prescribe.
3. Cómputo de la Prescripción
Cómputo en la Acción Penal
Plazos Ordinarios (Artículo 80 del Código Penal):
- Delitos con pena privativa de libertad:
- El tiempo de prescripción es igual al máximo de la pena fijada para el delito.
- Concurso Real: Se computa separadamente para cada delito.
- Concurso Ideal: Se toma el plazo del delito más grave.
- Máximos:
- No puede exceder de 20 años.
- Para cadena perpetua: 30 años.
- Delitos con otras penas: La acción prescribe a los dos años.
- Casos Especiales:
- Delitos cometidos por funcionarios públicos contra el patrimonio del Estado: el plazo se duplica.
- Delitos cometidos por menores de 21 años o mayores de 65 años: los plazos se reducen a la mitad (Artículo 81 del Código Penal).
- Delitos imprescriptibles: Trata de personas, explotación sexual, esclavitud, violación de la libertad sexual, proxenetismo y ofensas al pudor público (Artículo 88-A del Código Penal).
- Delitos con pena privativa de libertad:
Cómputo (Artículo 82 del Código Penal):
- Tentativa: Desde el día en que cesó la actividad delictuosa.
- Delito Instantáneo: Desde el día en que se consumó.
- Delito Continuado: Desde el día en que terminó la actividad delictuosa.
- Delito Permanente: Desde el día en que cesó la permanencia.
Cómputo en la Pena
- Plazos Ordinarios (Artículo 86 del Código Penal):
- El mismo plazo que para la prescripción de la acción penal, es decir, el máximo de la pena prevista para el delito.
- Cómputo:
- Desde el día en que la sentencia condenatoria quedó firme.
4. Referencias Bibliográficas
- Villavicencio Terreros, Felipe. "Derecho Penal - Parte General". Editora Jurídica GRIJLEY, Lima. 2015.
- Hurtado Pozo, José. "Manual de Derecho Penal - Parte General". Editora Jurídica GRIJLEY, Lima. 2010.
- García Cavero, Percy. "Derecho Penal Parte General". Editora Jurídica GRIJLEY, Lima. 2019.
- Oré Guardia, Arsenio. "Derecho Procesal Penal Peruano: Análisis y Comentarios al Código Procesal Penal". Gaceta Jurídica, 2015.
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