1. Sujetos del Derecho Individual del Trabajo
Trabajador
- Definición: Es la persona física que pone su capacidad de trabajo a disposición de otra persona o empresa para realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios bajo la dirección del empleador.
- Características:
- Persona física: Solo los individuos pueden ser trabajadores, no las empresas.
- Servicio personal: El trabajador realiza su labor de manera directa y personal.
- Esfuerzo físico e intelectual: El trabajo puede involucrar tanto esfuerzo físico como mental.
- Relación de subordinación: El trabajador sigue las órdenes y directrices del empleador.
- Dependencia económica: El trabajador depende económicamente del salario que le paga el empleador.
Empleador
- Definición: Es la persona o entidad (física o jurídica) que recibe los servicios del trabajador y tiene el poder de dirigir su trabajo en una relación de subordinación y dependencia.
- Características:
- Persona natural o jurídica: Puede ser un individuo o una empresa.
- Entidad con o sin fines de lucro: Puede ser una organización que busca lucro (empresa) o no (ONG, gobierno).
- Responsable de organizar y dirigir el trabajo: Tiene el control y supervisión del trabajo realizado por los empleados.
Elementos Esenciales de una Relación Laboral
- Prestación Personal de Servicios:
- El trabajo debe ser realizado directamente por el trabajador.
- No puede delegar su trabajo a terceros, salvo casos específicos como la ayuda de familiares en ciertas labores.
- Remuneración:
- Es la compensación que recibe el trabajador por sus servicios.
- Puede ser en dinero o especie (productos, servicios).
- Debe ser de libre disposición del trabajador.
- Subordinación:
- El trabajador se somete a la organización y disciplina del empleador.
- El empleador puede cambiar turnos, horarios y formas de trabajo dentro de lo razonable.
2. Diferencias entre el Derecho Individual, Colectivo y Procesal del Trabajo
Derecho Individual del Trabajo
- Relación Jurídica: Entre un trabajador y un empleador.
- Obligaciones del Empleador: Reconocer y pagar los derechos laborales del trabajador.
- Capacidad de Trabajo: El trabajador pone a disposición del empleador su capacidad de trabajo.
Derecho Colectivo del Trabajo
- Relaciones Colectivas: Regula las relaciones entre la empresa y los trabajadores organizados (sindicatos).
- Negociación Colectiva: Equilibra los derechos e intereses de ambas partes a través de la negociación.
- Protección de Derechos: Protege y defiende los derechos colectivos de trabajadores y empresas.
Derecho Procesal del Trabajo
- Solución de Conflictos: Se encarga de resolver conflictos laborales entre trabajadores y empleadores.
- Tipos de Conflictos: Pueden ser individuales, plurales o colectivos.
- Naturaleza de los Conflictos: Pueden referirse a aspectos sustanciales o conexos al trabajo, incluso previos o posteriores a la prestación de servicios.
3. Fuentes del Derecho del Trabajo
Fuentes Generales
- Costumbre: Prácticas aceptadas y repetidas en la sociedad.
- Jurisprudencia: Decisiones judiciales firmes que sirven de referencia para casos similares.
- Doctrina: Opiniones de expertos en derecho laboral.
- Principios del Derecho del Trabajo: Directrices que guían la legislación y práctica laboral.
Fuentes Especiales
- Contrato de Trabajo: Acuerdo entre trabajador y empleador, puede ser expreso (escrito) o tácito (implícito).
- Reglamento Interno de Trabajo: Normas que regulan las relaciones internas en la empresa.
- Laudo Arbitral: Decisiones tomadas por árbitros en conflictos laborales específicos.
- Convenio Colectivo: Acuerdos entre sindicatos y empleadores para resolver conflictos y mejorar condiciones laborales.
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