2 ago 2024

TÍTULO I: JURISDICCIÓN Y ACCIÓN

Temario

Título I: Jurisdicción y Acción

  1. Concepto de Jurisdicción
  2. Acción Procesal
  3. Tipos de Jurisdicción

Capítulo I: Concepto de Jurisdicción

La jurisdicción se define como la función pública de administrar justicia, delegada por el Estado a los jueces y tribunales. Esta función implica el poder de resolver conflictos y asegurar el cumplimiento de la ley mediante decisiones que tienen carácter vinculante. Según Couture, la jurisdicción puede entenderse desde diversas perspectivas:

  1. Ámbito Territorial: Define la zona geográfica en la que un tribunal o juez puede ejercer su autoridad. Por ejemplo, un juez de Lima no tiene jurisdicción sobre casos ocurridos en Arequipa.
  2. Sinónimo de Competencia: La competencia es una medida de la jurisdicción que delimita qué tipo de casos puede conocer un tribunal. Mientras todos los jueces tienen jurisdicción, no todos tienen competencia para todos los casos.
  3. Conjunto de Poderes: Incluye la autoridad para juzgar y la responsabilidad de hacerlo de manera justa y equitativa.
  4. Función Pública: Es una de las principales funciones del Estado, esencial para mantener el orden y la paz social​​​​.

Capítulo II: Acción Procesal

La acción procesal es el derecho que tienen las personas para acudir a los tribunales y solicitar la protección de sus derechos. Este derecho se materializa mediante la demanda, que es el acto formal que inicia un proceso judicial. Según la doctrina, las características principales de la acción son:

  1. Derecho Subjetivo: Es un derecho individual inherente a cada persona.
  2. Público: Reconocido y garantizado por el ordenamiento jurídico.
  3. Abstracto: Puede ejercerse independientemente de la existencia concreta de un derecho.
  4. Autónomo: Existe por sí mismo, sin depender del resultado del juicio.

La demanda es crucial porque delimita la materia del proceso, define los hechos a ser probados y obliga al juez a pronunciarse sobre las pretensiones planteadas (principio de congruencia)​​.


Capítulo III: Tipos de Jurisdicción

La jurisdicción se clasifica principalmente en:

  1. Jurisdicción Contenciosa: Enfocada en resolver disputas entre partes con intereses contrapuestos. Este tipo de jurisdicción es la más común y busca proporcionar una solución definitiva y justa a los conflictos legales​​.

  2. Jurisdicción Voluntaria: No se centra en resolver conflictos, sino en intervenir en situaciones donde se necesita una validación o autorización judicial, como en los casos de adopción, declaración de ausencia, administración de bienes, entre otros​​.


Conclusión

En resumen, la jurisdicción y la acción procesal son pilares fundamentales del derecho procesal civil peruano. La jurisdicción define el ámbito y la autoridad de los tribunales para administrar justicia, mientras que la acción procesal es el mecanismo a través del cual los individuos pueden acceder a la protección judicial. La distinción entre jurisdicción contenciosa y voluntaria permite una adecuada administración de justicia, adaptándose a la naturaleza de los asuntos tratados. Estos conceptos, elaborados por autores como Couture y otros doctrinarios, garantizan que el sistema judicial pueda resolver conflictos y mantener el orden social de manera eficiente y justa.

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