Temario
- Aclaración
- Corrección
Aclaración
La aclaración de resoluciones permite que el juez clarifique algún concepto oscuro o dudoso en la parte decisoria de la resolución, sin alterar su contenido sustancial.
Concepto y Procedencia:
- Artículo 406: El juez no puede alterar las resoluciones después de notificadas. Sin embargo, antes que la resolución cause ejecutoria, de oficio o a pedido de parte, puede aclarar algún concepto oscuro o dudoso expresado en la parte decisoria de la resolución o que influya en ella. La aclaración no puede alterar el contenido sustancial de la decisión.
Trámite del Pedido de Aclaración:
- El pedido de aclaración se resuelve sin dar trámite. La resolución que lo rechaza es inimpugnable.
Corrección
La corrección de resoluciones permite al juez subsanar errores materiales evidentes contenidos en la resolución.
Concepto y Procedencia:
- Artículo 407: Antes que la resolución cause ejecutoria, el juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución.
Mediante la Corrección:
- Las partes también pueden pedir al juez que complete la resolución respecto de puntos controvertidos pero no resueltos.
Trámite del Pedido de Corrección:
- La resolución que desestima la corrección solicitada es inimpugnable.
Conclusión
La aclaración y corrección de resoluciones en el derecho procesal civil peruano son mecanismos importantes que permiten asegurar la claridad y precisión de las decisiones judiciales. La posibilidad de aclarar conceptos oscuros y corregir errores materiales evidentes sin alterar el contenido sustancial de la resolución contribuye a la correcta administración de justicia, garantizando que las resoluciones sean claras, precisas y justas.
Referencias:
- Código Procesal Civil Peruano.
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