2 ago 2024

TÍTULO XIV: CONSULTA

 Temario

  •  Consulta


Consulta

La consulta es un procedimiento especial en el derecho procesal civil peruano que permite la revisión de determinadas resoluciones judiciales de primera instancia que no han sido apeladas. Este mecanismo asegura una doble revisión de resoluciones que tienen un impacto significativo en los derechos de las partes involucradas, especialmente en casos donde existe un interés público o de protección a personas en situación de vulnerabilidad.

Procedencia de la Consulta:

  • Artículo 408: La consulta procede contra las siguientes resoluciones de primera instancia que no son apeladas:
    1. La que declara la interdicción y el nombramiento de tutor o curador.
    2. La decisión final recaída en proceso donde la parte perdedora estuvo representada por un curador procesal​​.
    3. Aquella en la que el Juez prefiere la norma constitucional a una legal ordinaria.
    4. Las demás que la ley señala.

También procede la consulta contra la resolución de segunda instancia no recurrida en casación en la que se prefiere la norma constitucional. En este caso, es competente la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema.

Trámite de la Consulta:

  • Artículo 409: Cuando proceda la consulta, el expediente es elevado de oficio. El auxiliar jurisdiccional enviará el expediente al superior dentro de cinco días, bajo responsabilidad. La resolución definitiva se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la vista de la causa. No procede el pedido de informe oral. Durante la tramitación de la consulta, los efectos de la resolución quedan suspendidos​​.

Conclusión

El mecanismo de consulta en el derecho procesal civil peruano proporciona una herramienta importante para asegurar la correcta administración de justicia, especialmente en casos que afectan derechos fundamentales o donde se privilegian normas constitucionales sobre legales ordinarias. Esta doble revisión por parte de un órgano superior busca garantizar que las decisiones judiciales sean justas y acorde a la ley, protegiendo así los derechos de las partes involucradas.


Referencias:

  • Código Procesal Civil Peruano​​.

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