1.Contratos con Prestaciones Recíprocas
1.1.
Definición y Características
Definición:
- Un contrato con prestaciones recíprocas es aquel en
el cual ambas partes están obligadas a cumplir con las prestaciones
acordadas mutuamente.
Características:
- Reciprocidad: Ambas partes deben cumplir con
sus obligaciones respectivas.
- Excepción de Incumplimiento (Art. 1426 del C.C.):
Una parte puede rehusarse a cumplir su obligación si la otra parte no
cumple con la suya.
- Excepción de Caducidad (Art. 1427 del C.C.):
Se aplica para garantizar el cumplimiento de las obligaciones dentro de un
plazo específico.
1.2. Cesión
de la Posición Contractual
Definición:
- La cesión de la posición contractual implica que
una de las partes transfiere sus derechos u obligaciones a un tercero con
el consentimiento de la otra parte.
Requisitos:
- Aplicable solo en contratos con prestaciones no
ejecutadas.
- Un tercero (cesionario) ingresa a completar un
contrato existente.
- El cedido debe prestar su autorización.
- El cedente se retira de los efectos del contrato.
1.3.
Diferencias entre Cesión de Posición Contractual y Cesión de Derechos
- Cesión de Posición Contractual:
Transferencia de la totalidad de la posición contractual de una parte a
otra.
- Cesión de Derechos: Transferencia de
derechos específicos sin ceder la totalidad de la posición contractual.
1.4. Garantía
de Tercero
Definición:
- Las garantías constituidas por terceras personas no
pasan al cesionario sin la autorización expresa de dichas personas (Art.
1439 del C.C.).
2. Contratos con Intervención de Terceros
2.1.
Definición y Características
Definición:
- Los contratos con intervención de terceros son
aquellos que producen efectos entre las partes que los celebran, pero
pueden incluir beneficios para terceros.
Características:
- Principio General: Solo producen efectos
entre las partes que lo celebran.
- Excepción: Puede pactarse que un extraño
(tercero) se beneficie del contrato.
2.2. Partes
que Intervienen
Roles en el
Contrato:
- Promitente: La parte que se obliga a cumplir
una prestación.
- Estipulante: La parte que tiene interés en
el contrato y estipula el beneficio para el tercero.
- Tercero: El beneficiario de la prestación
que debe cumplir el promitente (Art. 1457 del C.C.).
2.3.
Aceptación del Beneficiario
Necesidad de
Aceptación:
- El tercero debe hacer conocer su aceptación tanto
al estipulante como al promitente (Art. 1458 del C.C.).
Falta de
Aceptación:
- Si el tercero no acepta, el estipulante puede
exigir el beneficio a su favor (Art. 1460 del C.C.).
2.4.
Revocación o Modificación
Condiciones:
- La revocación o modificación del contrato es
posible antes de la aceptación por parte del beneficiario (Art. 1464 del
C.C.).
Renuncia a la
Facultad de Revocar:
- Se puede renunciar a la facultad de revocar,
modificar o sustituir el contrato en favor de un tercero (Art. 1468 del
C.C.).
2.5. Promesa
de la Obligación de un Tercero
Partes
Involucradas:
- Promitente: La parte que se obliga a que un
tercero cumpla una prestación.
- Promisario: El beneficiario de la
prestación.
- Tercero: No interviene en el contrato pero
debe cumplir con la prestación.
Caso de
Incumplimiento:
- El promitente se obliga a pagar una indemnización,
la cual puede ser fijada anticipadamente como prestación sustitutoria o
fijada judicialmente.
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