23 may 2024

APROXIMACIÓN A LA IDEA DE PROCESO (CONFLICTO, LITIGIO Y CONTROVERSIA)

1. La Función del Proceso

El proceso cumple una doble función:

  • Privada: Es el instrumento con el que cuenta toda persona natural o jurídica para lograr una resolución del Estado, siendo la alternativa final si no se ha logrado resolver el conflicto mediante la autocomposición.
  • Pública: Es la garantía que otorga el Estado a todos sus habitantes en contrapartida de la prohibición impuesta respecto del uso de la fuerza privada.

2. Las Nociones de Conflicto, Litigio y Controversia

2.1. El Conflicto

  • Definición: El conflicto es una situación de discordia entre dos partes que genera un desequilibrio y buscan un cambio. En su esencia, es inherente a la interacción humana y se considera un elemento central en la psicología social.

  • Relación con el Derecho: La necesidad de resolver los conflictos justifica la existencia del Derecho, que interviene para limitar y excluir la violencia espontánea, favoreciendo la seguridad y la estabilidad social.

 El Conflicto como Razón del Derecho

  • La resolución de conflictos es una justificación para la existencia del Derecho, junto con la escasez y el altruismo limitado.
  • La violencia institucionalizada produce seguridad y se justifica como una síntesis entre la violencia espontánea y la represión estatal.
  • El Derecho organiza socialmente y endoculturiza, integrando a las personas en un sistema de valores y limitando la autotutela.

        Funciones del Proceso ante un Conflicto

  • Definición de Proceso: Es el instrumento que ostenta la jurisdicción para la resolución definitiva e irrevocable de los conflictos intersubjetivos y sociales.
  • Concepto de Pretensión (CARNELUTTI): Es la justa composición de la litis, un conflicto intersubjetivo de intereses, con una declaración de voluntad que exige la subordinación del interés ajeno al propio.
  • Comentarios de GUASP: La pretensión es una declaración de voluntad solicitando una actuación del órgano jurisdiccional frente a otra persona. La resolución puede ser fundada (conforme al derecho) o infundada.
  • Función Genérica del Proceso: Resolver conflictos intersubjetivos y sociales mediante la aplicación del derecho objetivo.
  • Función Específica del Proceso: Satisfacer pretensiones y resistencias de manera razonada, completa, estable y práctica.
  • Relación con la Justicia: La realización de la justicia es una misión primordial del Estado, satisfaciendo el derecho subjetivo de los ciudadanos a un ordenamiento jurídico justo.

2.2. Litigio

  • Definición: Un litigio es un conflicto de intereses donde una parte tiene una pretensión y la otra presenta resistencia.
  • Requisitos: Exige que una parte pida que la otra sacrifique sus intereses y que esta última resista la pretensión de la primera.

Relación y Diferencia entre Proceso y Litigio

  • Litigio: Es un conflicto de intereses.
  • Proceso: Es el medio de solución o composición del litigio.
  • Relación: Un proceso necesita un litigio como antecedente.
  • Pretensión y Acción: La pretensión es al litigio lo que la acción es al proceso. Un proceso no puede existir sin un litigio previo, así como una acción sin una pretensión resistida.
  • Comparación con Arbitraje: Tanto el proceso como el arbitraje resuelven litigios. La diferencia radica en el cauce de solución, siendo el proceso el cauce judicial y el arbitraje un cauce alternativo.

2.3. Controversia

  • Definición (RAE): Discusión de opiniones contrapuestas entre dos o más personas.
  • Ámbito Procesal: Una controversia se configura cuando el conflicto se ha judicializado y el demandado reacciona contra la pretensión inicial, formando el contradictorio, ya que, puede haber litigio sin controversia.

 


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