Etapas del Proceso de Contratación
- Actos Preparatorios
- Procedimiento de Selección
- Ejecución Contractual
1. Actos Preparatorios
Objetivo: Decidir y planificar qué necesita la entidad adquirir.
Componentes:
- Plan Anual de Contrataciones: Programa de necesidades.
- Requerimiento: Solicitud de los bienes, servicios u obras necesarias.
- Valor Referencial: Estimación económica.
- Expediente y Bases Específicas: Documentación detallada del proceso.
Responsables:
- Área Usuaria (AU): Identifica y requiere los bienes o servicios.
- Órgano Encargado de Contrataciones (OEC): Prepara y aprueba los documentos específicos.
2. Procedimiento de Selección
Objetivo: Seleccionar al proveedor más adecuado.
Criterios para determinar el procedimiento:
a. Objeto de contratación: Bienes, servicios u obras.
b. Cuantía: Monto económico (ver tabla específica en la normativa).
c. Disposiciones legales: Procedimientos obligatorios según ley.
Responsables:
- Órgano Encargado de Contrataciones: Elabora los documentos necesarios.
- Comité de Selección: Supervisa y gestiona el proceso.
Documentos del procedimiento de selección (Art. 47 RLCE):
- Bases: Reglas y requisitos del proceso.
- Solicitudes de expresión de interés: Para consultores individuales.
- Solicitudes de cotización: Para comparación de precios.
Contenido mínimo de los documentos (Art. 48 RLCE):
- Denominación del objeto de contratación.
- Especificaciones técnicas y Términos de Referencia.
- Moneda de la oferta económica.
- Costos de reproducción.
- Requisitos de calificación.
- Factores de evaluación.
- Instrucciones para formular ofertas.
- Garantías aplicables.
Convocatoria (Art. 54 RLCE):
- Publicada en el SEACE.
- Debe incluir datos de la entidad convocante, procedimiento de selección, objeto de convocatoria, costos, calendario de selección, y plazo de cumplimiento.
Registro de Participantes (Art. 55 RLCE):
- Gratuito y electrónico a través del SEACE.
- Requiere contar con Registro Nacional de Proveedores (RNP) vigente.
- Abierto desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes de la presentación de ofertas.
Subsanación de las Ofertas (Art. 60 RLCE):
- Se pueden corregir errores materiales o formales sin alterar el contenido esencial de la oferta.
- Errores subsanables incluyen omisión de información en declaraciones juradas, nomenclatura del procedimiento, falta de firma, y legalización notarial.
Consultas y Observaciones a las Bases:
- Consultas: Solicitudes de aclaración. Plazo: 10 días hábiles.
- Observaciones: Fundamentadas por posibles vulneraciones normativas. Plazo: 10 días hábiles.
- El comité de selección tiene 5 días hábiles para absolver consultas y observaciones.
Consentimiento del Otorgamiento de la Buena Pro:
- Publicación: En el SEACE.
- Plazo: 8 días hábiles tras la notificación.
- Impugnación: Dentro de los 8 días hábiles siguientes a la notificación.
Requisitos para Impugnación (Art. 121 RLCE):
- Presentación ante la Unidad de Trámite Documentario o Mesa de Partes del Tribunal.
- Identificación del impugnante.
- Identificación del procedimiento de selección.
- Petitorio claro y fundamentado.
- Pruebas pertinentes.
- Garantía por interposición del recurso (3% del valor estimado).
Procedimiento ante la Entidad (Art. 125 RLCE):
- La entidad estudia y resuelve la apelación.
- La resolución puede ser delegada, pero no a los miembros del comité de selección o al órgano encargado de contrataciones.
3. Ejecución Contractual
La ejecución contractual se refiere al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato entre la entidad contratante y el proveedor o contratista. Esta etapa incluye varios procesos clave y documentos esenciales.
Obligación a Contratar y Perfeccionamiento del Contrato
Obligación a Contratar: La entidad y el postor ganador tienen la obligación de formalizar el contrato.
Perfeccionamiento del Contrato:
- Suscripción del contrato: Ambos (entidad y postor) firman el contrato.
- Notificación de la Orden de Servicio/Orden de Compra: La entidad notifica oficialmente al proveedor.
Inicio de la Ejecución Contractual:
- Comienza al día siguiente del perfeccionamiento del contrato o en la fecha especificada en el contrato.
Modificaciones al Contrato
El contrato puede ser modificado bajo ciertas condiciones, incluyendo:
- Adiciones y Reducciones: Ajustes en la cantidad de bienes o servicios contratados.
- Plazos: Cambios en los tiempos de entrega o ejecución.
- Penalidades: Establecidas por incumplimientos.
Requisitos para Perfeccionar el Contrato (Art. 139 RLCE)
- Garantías: Excepto en casos de excepción.
- Contrato de Consorcio: Si aplica.
- Código de Cuenta Interbancaria (CCI): Para pagos.
- Documento de Facultades: Para perfeccionar el contrato.
- Requisitos de Calificación: Capacidad técnica y profesional (para obras y consultoría).
Plazo de Ejecución Contractual (Art. 142 RLCE)
El plazo de ejecución inicia:
- Al día siguiente del perfeccionamiento del contrato.
- O en la fecha establecida en el contrato.
- O cuando se cumplan las condiciones previstas.
Ejemplo: En un contrato de obra, el contratista empieza cuando se le entrega el terreno.
Garantías (Art. 148 y 149 RLCE)
- Tipos: Cartas fianza o pólizas de caución emitidas por entidades supervisadas.
- Monto: 10% del valor del contrato.
- Ejemplo: MyPes puede solicitar que la entidad retenga este monto como garantía de fiel cumplimiento.
Ejecución de Garantías (Art. 155 RLCE)
Se ejecutan cuando: a) No se renuevan antes de su vencimiento. b) La entidad resuelve el contrato por incumplimiento del contratista. c) No se amortizan los adelantos tras la resolución o nulidad del contrato.
Penalidades (Art. 161 RLCE)
Establecidas en el contrato ante incumplimientos injustificados:
- Monto máximo: 10% del valor del contrato.
Causales de Resolución del Contrato (Art. 164 RLCE)
El contrato puede resolverse si: a) Incumple obligaciones contractuales, legales o reglamentarias. b) Acumula el monto máximo de penalidades. c) Paraliza o reduce la ejecución sin justificación.
Efectos de la Resolución del Contrato (Art. 166 RLCE)
- Entidad Perjudicada: Ejecuta las garantías y puede reclamar indemnización.
- Contratista Perjudicado: La entidad debe indemnizarlo.
Controversias: Pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
Prestaciones Pendientes (Art. 166 RLCE)
Si el contrato se resuelve o se declara nulo:
- Entidad puede contratar a otro postor: Participante del proceso original.
- Invitación a postores: Para ejecutar las prestaciones pendientes bajo las mismas condiciones.
- Plazo de aceptación: 5 días.
Recepción y Conformidad (Art. 168 RLCE)
- Responsabilidad del Área Usuaria: Recepción y conformidad.
- Plazo: Máximo de 7 días, salvo pruebas específicas.
Vicios Ocultos (Art. 173 RLCE)
- Derecho de Reclamo: La entidad puede reclamar por vicios ocultos aún después de la recepción conforme.
- Controversias: Sometidas a conciliación y/o arbitraje.
Controversias Durante la Ejecución Contractual
- Disposiciones Generales (Art. 173 RLCE): Resolución mediante conciliación o arbitraje institucional.
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